CONSULTA PÚBLICA PARA REGISTRO DE ASOCIACIONES
ANUNCIO EN EL PORTAL WEB DEL AYUNTAMIENTO DE LA CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR PARA REGISTRO DE ASOCIACIONES Y OTRAS ENTIDADES CIUDADANA
Accede a la Oficina Virtual para descargar el formulario para tramitar un registro de asociación:
Sede Electrónica de Fresnedillas de la Oliva (sedelectronica.es)
En cumplimiento de la Providencia de Alcaldía del Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, de fecha 22 de abril de 2024, por la que se dispone el inicio del trámite de consulta pública de REGLAMENTO REGULADOR que tiene por objeto:
Regular el REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES VECINALES, con la finalidad de conocer el número de entidades existentes en el municipio en cada momento, así como sus fines y representatividad, a los efectos de recoger documentalmente la realidad del tejido asociativo y de participación colectiva y posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal.
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Reglamento municipal regulador sobre REGISTRO DE ASOCIACIONES Y OTRAS ENTIDADES CIUDADANAS, se
recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Los objetivos de la norma.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa | Evitar el desconocimiento del número y objetivos de las asociaciones vecinales del municipio, así como regular el Registro de las mismas. |
Necesidad y Oportunidad de su aprobación | La existencia de varias asociaciones y entidades vecinales en el municipio, de índole diversa, hace necesario regular la convivencia entre todas ellas. |
Objetivosde lanorma | Conocer el número de Entidades vecinales existentes en el municipio, sus fines y representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal y la participación ciudadana. |
Posiblessoluciones alternativas regulatorias y no regulatorias | Al carecer de regulación específica respecto al Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, y atendiendo al principio de autonomía local y las competencias que corresponden a este Ayuntamiento conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se considera necesaria la aprobación de un Reglamento. La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, hace necesario disponer de un instrumento que refleje fielmente cuál es el nivel de asociacionismo existente en nuestro municipio. |